Regla y Testamento

Regla de los Hermanos Menores

Regla

Capitulo I

EN EL NOMBRE DEL SEÑOR COMIENZA LA VIDA DE LOS HERMANOS MENORES

La Regla y vida de los hermanos menores es ésta, a saber: guardar el santo Evangelio de nuestro Señor Jesucristo, viviendo en obediencia, sin propio y en castidad. El hermano Francisco promete obediencia y reverencia al señor papa Honorio y a sus sucesores canónicamente elegidos y a la Iglesia Romana; y los otros hermanos estén obligados a obedecer al hermano Francisco y a sus sucesores.

Capitulo II

DE LOS QUE QUIEREN TOMAR ESTA VIDA Y CÓMO DEBEN SER

Si algunos quisieren tomar esta vida y vinieren a nuestros hermanos, envíenlos a sus ministros provinciales, a los cuales solamente, y no a otros, se conceda la licencia de recibir hermanos. Mas los ministros con diligencia los examinen de la fe católica y los sacramentos de la Iglesia. Y si creen todas estas cosas y quieren fielmente confesarlas y guardarlas firmemente hasta el fin, y no tienen mujeres, o, si las tienen, ya han entrado en monasterio las mujeres, o les han dado licencia con la autorización del obispo diocesano, habiendo ellas ya hecho voto de continencia, y siendo de tal edad las mujeres que no pueda nacer de ellas sospecha, [los ministros] les digan la palabra del santo Evangelio, que vayan y vendan todas sus cosas y procuren darlas a los pobres. Si no pudieren hacer esto, bástales la buena voluntad. Y guárdense los hermanos y sus ministros de ser solícitos de sus cosas temporales, para que libremente hagan de sus cosas lo que les inspirare el Señor. Pero si se pide un consejo, tengan licencia los ministros de enviarlos a algunas personas temerosas de Dios, según el consejo de las cuales sus bienes sean distribuidos a los pobres. Después, les concedan las prendas del tiempo de prueba, esto es: dos túnicas sin capucho y el cordón y los paños menores, y el caparón hasta la cintura, salvo si a los mismos ministros otra cosa, según Dios, alguna vez pareciere. Y, acabado el año de la prueba, sean recibidos a la obediencia, prometiendo guardar siempre esta vida y Regla. Y de ningún modo les será lícito salir de esta religión, según lo ordenado por el señor Papa; porque, según el santo Evangelio, ninguno que pone su mano al arado y mira atrás es apto para el reino de Dios. Y aquellos que ya han prometido obediencia tengan una túnica con capucho, y otra sin capucho los que quisieren tenerla. Y los que son obligados por la necesidad, puedan llevar calzado. Y, todos los hermanos se vistan 11 de viles vestiduras y puedan, con la bendición de Dios, remendarlas de sayal y otros retales. A los cuales amonesto y exhorto que no desprecien ni juzguen a los hombres que ven vestidos de prendas muelles y de colores, y usar manjares y bebidas exquisitos, sino más bien cada uno se juzgue y desprecie a sí mismo.

Capitulo III

DEL OFICIO DIVINO Y DEL AYUNO, Y CÓMO LOS HERMANOS HAN DE IR POR EL MUNDO

Los clérigos recen el oficio divino según la ordenación de la santa Iglesia Romana, excepto el salterio, por lo cual podrán tener breviarios. Mas los no clérigos digan veinticuatro Padrenuestros por maitines; por laudes, cinco; por prima, tercia, sexta y nona, por cada una de estas horas, siete; mas por vísperas, doce; por completas, siete; y oren por las difuntos. Y ayunen desde la fiesta de Todos los Santos hasta la Natividad del Señor. Mas la santa cuaresma, que empieza desde la Epifanía y dura cuarenta días continuos, la cual el Señor consagró con su santo ayuno, los que voluntariamente la ayunen sean benditos del Señor, y los que no quieren no sean obligados; pero la otra, hasta la Resurrección del Señor, ayúnenla. Y en las otros tiempos no estén obligados a ayunar sino el viernes. Mas en tiempo de manifiesta necesidad no estén obligados los hermanos al ayuno corporal. Aconsejo, amonesto y exhorto a mis hermanos en el Señor Jesucristo que, cuando van por el mundo, no litiguen, ni contiendan con palabras, ni juzguen a los otros; mas sean benignos, pacíficos y modestos, mansos y humildes, hablando a todos honestamente, como conviene. Y no deben andar a caballo, a no ser que se vean obligados por manifiesta necesidad o enfermedad. En cualquier casa que entraren, digan primeramente: Paz a esta casa. Y, según el santo Evangelio, les sea lícito comer de todos los manjares que les son puestos delante.

Capitulo IV

QUE LOS HERMANOS NO RECIBAN DINERO O PECUNIA

Mando firmemente a todos los hermanos que de ningún modo reciban dinero o pecunia por sí o mediante intermediario. Sin embargo, para las necesidades de los enfermos y para vestir a los otros hermanos, los ministros solamente y los custodios, por medio de amigos espirituales, tengan solícito cuidado, según los lugares y tiempos y frías regiones, así como la necesidad vieren que lo demanda; dejando siempre a salvo, como se ha dicho, el no recibir dinero o pecunia.

Capitulo V

DE LA MANERA DE TRABAJAR

Aquellos hermanos, a quienes el Señor ha dado la gracia de trabajar, trabajen fiel y devotamente, de tal manera que, echada fuera la ociosidad, enemiga del alma, no apaguen el espíritu de la santa oración y devoción, al cual las demás cosas temporales deben servir. Y como remuneración del trabajo reciban las cosas necesarias al cuerpo para sí y para sus hermanos, excepto dinero o pecunia; y esto humildemente, como conviene a siervos de Dios y seguidores de la santísima pobreza.

Capitulo VI

QUE NADA SE APROPIEN LOS HERMANOS, Y DEL PEDIR LA LIMOSNA, Y DE LOS HERMANOS

Los hermanos no se apropien nada, ni casa, ni lugar, ni cosa alguna. Y, como peregrinos y extranjeros en este mundo, sirviendo al Señor en pobreza y humildad, vayan confiadamente a pedir limosna; ni deben avergonzarse, porque el Señor se hizo pobre por nosotros en este mundo. Esta es aquella eminencia de la altísima pobreza, que ha instituido a vosotros, carísimos hermanos míos, herederos y reyes del reino de los cielos, os ha hecho pobres de cosas, y os ha sublimado en virtudes. Esta sea vuestra porción, que conduce a la tierra de los vivientes. A la cual, amadísimos hermanos, adhiriéndonos totalmente, por el nombre de nuestro Señor Jesucristo jamás queráis tener ninguna otra cosa bajo el cielo. Y, dondequiera que estén y se encuentren los hermanos, se muestren familiares entre sí el uno con el otro. Y confiadamente manifieste el uno al otro su necesidad, porque, si la madre nutre y ama a su hijo carnal, ¿cuánto con mayor diligencia debe cada uno amar y cuidar a su hermano espiritual? Y, si alguno de ellos cayere en enfermedad, los otros hermanos deben servirlo como querrían ellos ser servidos.

Capitulo VII

DE LA PENITENCIA QUE SE HA DE IMPONER A LOS HERMANOS QUE PECAN

Si algunos de los hermanos, instigándolos el enemigo, pecaren mortalmente, incurriendo en aquellos pecados, sobre los cuales fuere ordenado entre los hermanos que se recurra a solos los ministros provinciales, estén obligados dichos hermanos a recurrir a ellos lo antes que puedan, sin tardanza. Los ministros mismos, si son sacerdotes, con misericordia les impongan la penitencia; pero, si no son sacerdotes, hagan que se les imponga por otros sacerdotes de la Orden, como vieren que mejor conviene, según Dios. Y se deben guardar de airarse y conturbarse por el pecado de alguno, porque la ira y la conturbación impiden en sí y en los otros la caridad.

Capitulo VIII

DE LA ELECCIÓN DEL MINISTRO GENERAL DE ESTA FRATERNIDAD Y DEL CAPÍTULO DE PENTECOSTÉS

Todos los hermanos estén obligados a tener siempre a uno de los hermanos de esta religión por ministro general y siervo de toda la fraternidad, y a él estén obligados firmemente a obedecer. Al morir éste, se haga la elección del sucesor por los ministros provinciales y custodios en el Capítulo de Pentecostés, al cual los ministros provinciales estén obligados siempre a concurrir juntamente, dondequiera que fuere establecido por el ministro general; y esto una vez cada tres años, o en otro término mayor o menor, según fuere ordenado por dicho ministro. Y, si en algún tiempo pareciere a la generalidad de los ministros provinciales y custodios que el sobredicho ministro no es suficiente para el servicio y la utilidad común de los hermanos, esos hermanos, a quienes se ha confiado la elección, estén obligados a elegirse en el nombre del Señor otro como custodio. Mas, después del Capítulo de Pentecostés, pueda cada uno de los ministros y custodios, si quisiere y le pareciere conveniente, convocar una vez, ese mismo año, a sus hermanos a Capítulo en su custodia.

Capitulo IX

DE LOS PREDICADORES

Los hermanos no prediquen en la diócesis de un obispo, cuando por él les fuere contradicho; y ninguno de los hermanos se atreva absolutamente a predicar al pueblo si por el ministro general de esta fraternidad no hubiere sido examinado y aprobado, y el oficio de la predicación por él le hubiese sido concedido. Amonesto también y exhorto a los mismos hermanos a que, en la predicación que hacen, sean ponderadas y limpias sus palabras, para provecho y edificación del pueblo, anunciando los vicios y virtudes, la pena y la gloria, con brevedad de sermón, porque palabra abreviada hizo el Señor sobre la tierra.

Capitulo X

DE LA AMONESTACIÓN Y CORRECCIÓN DE LOS HERMANOS

Los hermanos que son ministros y siervos de los otros hermanos visiten y amonesten a sus hermanos, y humilde y caritativamente los corrijan, no mandándoles algo que sea contra su alma y nuestra Regla. Mas los hermanos súbditos acuérdense que negaron por Dios sus propias voluntades. Por tanto, firmemente les mando que obedezcan a sus ministros en todas las cosas que prometieron al Señor guardar, y no son contrarias al alma y a nuestra Regla. Y dondequiera que estén los hermanos, los que supieren y conocieren no poder guardar la Regla espiritualmente deban y puedan recurrir a sus ministros. Los ministros, por su parte, recíbanlos caritativa y benignamente, y tanta familiaridad tengan con ellos, que los hermanos puedan hablar y comportarse como los señores con sus siervos; porque así debe ser, que los ministros sean siervos de todos los hermanos. Amonesto y exhorto en el Señor Jesucristo que se guarden los hermanos de toda soberbia, vanagloria, envidia, avaricia, cuidado y solicitud de este mundo, de la detracción y murmuración; y no se cuiden los que no saben letras de aprenderlas; mas atiendan que sobre todas las cosas deben desear tener el espíritu del Señor y su santa operación, orar siempre a él con puro corazón y tener humildad, paciencia en la persecución y en la enfermedad, y amar a los que nos persiguen y reprenden y acusan, porque dice el Señor: Amad a vuestros enemigos, y orad por los que os persiguen y calumnian. Bienaventurados los que padecen persecución por la justicia, porque de ellos es el reino de los cielos. Y el que perseverare hasta el fin, éste se será salvo.

Capitulo XI

QUE LOS HERMANOS NO ENTREN EN MONASTERIOS DE MONJAS

Mando firmemente a todos los hermanos que no tengan sospechosas relaciones o consejos de mujeres; y que no entren en monasterios de monjas, excepto aquellos a los cuales de la Sede Apostólica es concedida licencia especial; y no se hagan padrinos de hombres o de mujeres, ni por esta ocasión, entre los hermanos o de los hermanos, nazca escándalo.

Capitulo XII

DE LOS QUE VAN ENTRE LOS SARRACENOS Y OTROS INFIELES

Los hermanos que, por divina inspiración, quisieren ir entre los sarracenos y otros infieles pidan para ello licencia a sus ministros provinciales. Pero, los ministros a ninguno den licencia de ir, sino a aquellos que vieren ser idóneos para ser enviados. Además, impongo por obediencia a los ministros que pidan al Señor Papa uno de los cardenales de la santa Iglesia Romana, el cual sea gobernador, protector y corrector de esta fraternidad; para que, siempre súbditos y sujetos a los pies de la misma santa Iglesia, firmes en la fe católica, guardemos la pobreza y humildad y el santo Evangelio de nuestro Señor Jesucristo que firmemente hemos prometido. A ninguno, pues, de los hombres sea lícito en ninguna manera quebrantar esta escritura de nuestra confirmación, o con presuntuosa osadía contradecirla. Mas si alguno presumiere intentar esto, sepa que incurrirá en la indignación de Dios todopoderoso y de sus bienaventurados apóstoles Pedro y Pablo. Dado en Letrán, a veintinueve de noviembre (1223), en el octavo año de nuestro pontificado.

TESTAMENTO DE SAN FRANCISCO DE ASIS

El Señor me concedió a mí, hermano Francisco, que así empezase a hacer penitencia; porque, como yo estaba en pecados, me parecía muy amargo ver los leprosos; y el mismo Señor me condujo entre ellos, y practiqué la misericordia con ellos. Y, apartándome de ellos, aquello que me parecía amargo, se me convirtió en dulzura del alma y del cuerpo. Y, después, permanecí un poco de tiempo y salí del siglo. Y el Señor me dio tal fe en las iglesias, que así simplemente oraba y decía: Te adoramos, Señor Jesucristo, también en todas las iglesias, que hay en todo el mundo, y te bendecimos, porque por tu santa Cruz redimiste al mundo. Después el Señor me dio y da tanta fe en los sacerdotes, que viven según la forma de la santa Iglesia Romana, a causa de su ordenación, que, si me persiguieren, quiero recurrir a ellos. Y, si tuviese tanta sabiduría cuanta tuvo Salomón, y hallase a los sacerdotes pobrecillos de este mundo, no quiero predicar contra su voluntad en las parroquias en que moran. Y a estos y a todos los demás quiero temer, amar y honrar, como a mis señores. Y no quiero en ellos considerar pecado, porque yo veo en ellos al Hijo de Dios, y son mis señores. Y por esto lo hago, porque nada veo corporalmente en este mundo del mismo altísimo Hijo de Dios sino su santísimo cuerpo y su santísima sangre, que ellos reciben y ellos solos administran a los otros. Y estos santísimos misterios sobre todas las cosas quiero que sean honrados, venerados y colocados en lugares preciosos. Los santísimos nombres y sus palabras escritas, en cualquier lugar no decente que los hallare, quiero recogerlos y ruego que se recojan y se coloquen en lugar decoroso. Y a todos los teólogos, y a los que nos administran las santísimas palabras divinas, debemos honrar y reverenciar, como a quienes nos administran espíritu y vida. Y, después que el Señor me dio hermanos, ninguno me enseñaba lo que debía hacer, sino que el mismo Altísimo me reveló que debería vivir según la forma del santo Evangelio. Y yo la hice escribir, en pocas palabras y sencillamente, y el Señor Papa me la confirmó. Y aquellos que venían a abrazar esta vida, daban a los pobres todas las cosas que podían tener; y estaban contentos con una túnica, remendada por dentro y por fuera, con el cordón y los paños menores. Y no queríamos tener más. Los clérigos decíamos el oficio según los otros clérigos, y los no clérigos decían el Padrenuestro; y permanecíamos muy gustosamente en las iglesias; y éramos iletrados y súbditos de todos. Y yo trabajaba con mis manos, y quiero trabajar; y quiero firmemente que todos los otros hermanos trabajen en trabajo honesto. Los que no saben, aprendan, no por codicia de recibir el precio del trabajo, sino por el ejemplo y para echar de sí la ociosidad. Y, cuando no se nos diere la paga del trabajo, recurramos a la mesa del Señor, pidiendo la limosna de puerta en puerta. El Señor me reveló que debíamos saludar diciendo: El Señor te dé la paz. Guárdense los hermanos que de ninguna manera reciban iglesias, viviendas pobrecillas y todas las cosas que se construyen para ellos, si no fuere como conviene a la santa pobreza, que prometimos en la Regla, hospedándonos siempre allí como peregrinos y extranjeros. Mando firmemente por obediencia a todos los hermanos que, dondequiera que estén, no se atrevan a pedir alguna letra en la curia Romana, ni por sí ni por intermediarios, ni para la iglesia, ni para otro lugar, ni con pretexto de predicación, ni por persecución de sus cuerpos; mas, cuando no fueren recibidos en algún lugar, huyan a otra tierra para hacer penitencia con la bendición de Dios. Y firmemente quiero obedecer al ministro general de esta fraternidad y al guardián que le pluguiere darme; y de tal manera quiero estar cautivo en sus manos, que no pueda ir o hacer fuera de la obediencia y de su voluntad, porque es mi Señor. Y, aunque sea simple y enfermo, quiero, sin embargo, tener siempre un clérigo que me rece el oficio, como se contiene en la Regla. Y, del mismo modo, todos los otros hermanos estén obligados a obedecer a sus guardianas, y a rezar el oficio según la Regla. Y los que se encontraren que no rezasen el oficio según la Regla, y quisieren variarlo, o que no fuesen católicos, todos los hermanos, dondequiera que estén, sean obligados por obediencia, en cualquier lugar que hallaren a alguno de estos, a presentarlo al custodio más cercano de aquel lugar, donde lo hubieren hallado. Y el custodio esté firmemente obligado por obediencia a custodiarlo fuertemente como a hombre en prisión, día y noche, de tal manera que no pueda ser liberado de sus manos, hasta que en persona, lo consigne en manos de su ministro. Y el ministro esté firmemente obligado por obediencia a enviarlo por medio de tales hermanos, que día y noche lo custodien como a hombre en prisión, hasta que lo presenten al señor de Ostia, el cual es el señor, protector y corrector de toda la fraternidad. Y no digan los hermanos: «Esta es otra Regla»; porque ésta es un recuerdo, una amonestación y exhortación, y mi Testamento, que yo el hermano Francisco, pequeñuelo, hago para vosotros, mis benditos hermanos, para que la Regla, que al Señor prometimos, más católicamente guardemos. Y el ministro general y todos los otros ministros y custodios estén obligados por obediencia a no añadir ni quitar nada en estas palabras. Y siempre tengan a este escrito consigo, junto a la Regla. Y en todos los Capítulos que hacen, cuando leen la Regla, lean también estas palabras. Y a todos mis hermanos, clérigos y no clérigos, mando firmemente por obediencia que no introduzcan glosas en la Regla, ni en estas palabras, diciendo: «Así deben entenderse». Mas, así como el Señor me dio decir y escribir sencilla y puramente la Regla y estas palabras, así sencillamente y sin glosa las entendáis, y con santas obras guardéis hasta el fin. Y todo el que guardare estas cosas, en el cielo sea colmado de la bendición del altísimo Padre, y en la tierra sea lleno de la bendición de su amado Hijo, con el santísimo Espíritu Consolador y con todas las virtudes de los cielos, y con todos los santos. Y yo, hermano Francisco, pequeñuelo siervo vuestro, tanto cuanto yo puedo os confirmo dentro y fuera esta santísima bendición.